La Ley de Aborto por Violación tendrá su primer debate en la Asamblea Nacional

El aborto por violación fue despenalizado por la Corte Constitucional en abril de 2021. Ahora, el legislativo debe aprobar la Ley que garantice el acceso de las víctimas a esta forma de reparación. 

JÉSSICA ZAMBRANO y THALÍE PONCE

La Asamblea Nacional de Ecuador tiene una tarea pendiente este 2021: aprobar una ley que garantice el acceso de niñas y mujeres víctimas de violencia sexual al aborto en casos de violación.

El jueves 9 de diciembre, el pleno de la Asamblea deberá realizar el primer debate sobre el proyecto de ley, luego de que el 2 de diciembre la Comisión de Justicia aprobara el informe respectivo, con ocho votos a favor y dos en contra.

El plazo límite de la Asamblea —según lo estipuló la Corte Constitucional— es el 28 de diciembre de 2021, sin embargo, el proyecto de ley tendría su segundo debate en enero, pues los asambleístas entran en vacancia legislativa el 16 de diciembre próximo.

El proyecto de Ley para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de Violación fue presentado por la Defensoría del Pueblo. Se trató de un trabajo articulado con los movimientos de mujeres y feministas de Ecuador que extendieron consultas a poblaciones urbanas y rurales con la idea de crear un marco legal y espacios seguros para las niñas, adolescentes y mujeres. 

En este proceso se encargaron de darle cara a las víctimas y considerar las distintas realidades que existen en Ecuador.

La activista feminista Andrea Peñaherrera (centro) lee el manifiesto del Movimiento de Mujeres Diversas en Resistencia de Guayaquil. 8 de marzo de 2021. | Foto: Jéssica Zambrano

UN RECORRIDO HACIA EL ABORTO LEGAL

El aborto ha sido penalizado en el país desde 1837, en su primer Código Penal, sin embargo desde entonces ya admitía la causal salud, que sigue vigente en la actualidad. Esta es la tercera vez que la función legislativa debatirá el tema desde 2008, cuando se reformó la Constitución,

En 2013, la Asamblea Nacional discutió posibles reformas a las disposiciones penales relacionadas con  el aborto. En ese momento se votó a favor de modificar el lenguaje anticuado que se utilizaba para referirse a mujeres con discapacidades, pero no se aprobaron reformas para que todas las víctimas de violación pudieran acceder a una práctica de aborto seguro sin el riesgo de tener consecuencias penales.

En febrero de 2015, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer exhortó a Ecuador a despenalizar el aborto en casos de violación, incesto y malformaciones graves del feto. 

“La Asamblea Nacional no debería permitir que siga vigente una ley que perjudica a víctimas de violación sexual y a las mujeres que enfrentan la durísima realidad de un embarazo inviable; eso es cruel y no respeta los derechos humanos de las mujeres”, dijo en ese momento Liesl Gerntholtz, directora de derechos de la mujer de Human Rights Watch.

En 2019, el Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador negó la despenalización del aborto para víctimas de violación y en casos de incesto, estupro o inseminación no consentida. En ese entonces se debatían reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

Todos estos intentos fallidos que buscaban habilitar un entorno para que las mujeres puedan acceder a una práctica que se sostiene de manera clandestina, han servido para que el movimiento feminista se articule y abrir un nuevo camino para la despenalización social. 

Así, entre el 30 de julio de 2019 y el 8 de abril de 2021, se presentaron siete demandas de inconstitucionalidad ante la Corte, entre ellas una de la Defensoría del Pueblo.

Una demanda de inconstitucionalidad fue el único camino para acceder a este derecho. 

La Asamblea ahora tiene un nuevo peso: además de garantizar los derechos para que las mujeres víctimas de una violación dejen de ser revictimizadas, debe cumplir con la sentencia de la Corte Constitucional. 

El 8 de marzo de 2021, activistas feministas colocaron pañuelos morados y verdes a los personajes del complejo escultórico La Fragua de Vulcano, en La Plaza de la Administración, en Guayaquil. | Foto: Jéssica Zambrano

PUNTOS NO NEGOCIABLES

Los movimientos de mujeres y feministas de Ecuador se articularon en la red Organizadas por una Ley de Aborto Justa y Reparadora (OLA) para generar incidencia sobre la nueva normativa.

De acuerdo con material difundido por OLA, los puntos «no negociables» que se impulsan desde el movimiento de mujeres son:

Una ley sin plazos, pues consideran que el manejo de plazos es excluyente y reproduce privilegios.

-Que el único requisito para acceder al procedimiento por causal violación sea la solicitud del servicio ante una institución de salud y que no exista la exigencia de una denuncia.

-Que garantice la autonomía de las niñas, adolescentes y personas con discapacidad.

Valeska Chiriboga, activista, politóloga y miembro de OLA, dice que «la temporalidad es discriminatoria, sobre todo para las niñas y mujeres que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad como violaciones sexuales sistemáticas o residen en zonas rurales donde el acceso a información de salud pública suele ser escaso o muchas veces nulo».

Para Chiriboga, no se puede admitir que la reparación integral por un delito de violación sea coartada por un factor como el número de semanas. «Si el Estado fue incapaz de prevenir el delito, interponiendo plazos estará cayendo en una doble vulnerabilidad de derechos», añade.

En cuanto a los requisitos, la idea es que el acceso sea sencillo, de forma que las víctimas y sobrevivientes no estén expuestas a una posible revictimización

«Es común escuchar que hay que poner requisitos duros porque si no todas van a correr a abortar. Y eso es falso. Nosotras damos el servicio de forma gratuita y solo hemos recibido 23 casos en más de seis meses. Para nosotras es difícil hablar de violencia sexual», dijo Ana Vera, directora de Surkuna, a la agencia de noticias EFE.

Sarahí Maldonado, una de las fundadoras de Las Comadres, organización que ha asistido a más de cuatro mil mujeres entre 2020 y 2021, considera crucial que la ley garantice la autonomía de las niñas, adolescentes y personas con discapacidad. Desde los colectivos se ha considerado que las mujeres y niñas más vulnerables se demoran más en reconocer sus embarazos y buscar la interrupción legal del embarazo. En ese sentido se fusionan los puntos anteriores con la necesidad de que sean una garantía para la salud de las mujeres que han sido abusadas. Si la Ley de acceso al #AbortoPorViolación limita el acceso a un tiempo gestacional, ellas se verán forzadas a la clandestinidad. 

Sobre la Ley de Aborto por Violación hay muchos mitos. Se dice, por ejemplo, que las mujeres van a mentir para acceder a un aborto diciendo que han sido víctimas de violación. Un comentario que, para los movimientos feministas resulta indolente pues en Ecuador de cada 10 víctimas de violación, seis corresponden a niñas, niños y adolescentes. Del total de casos de abuso sexual, una de cada cuatro víctimas nunca avisó por temor a represalias, vergüenza, impotencia o miedo a amenazas, según cifras del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional. Y a una de cada tres víctimas no le creyeron.

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    La Asamblea Nacional de Ecuador tiene una tarea pendiente este 2021: aprobar una ley que garantice el acceso de niñas y mujeres víctimas de violencia sexual al aborto en casos de violación.

    El jueves 9 de diciembre, el pleno de la Asamblea deberá realizar el primer debate sobre el proyecto de ley, luego de que el 2 de diciembre la Comisión de Justicia aprobara el informe respectivo, con ocho votos a favor y dos en contra.

    El plazo límite de la Asamblea —según lo estipuló la Corte Constitucional— es el 28 de diciembre de 2021, sin embargo, el proyecto de ley tendría su segundo debate en enero, pues los asambleístas entran en vacancia legislativa el 16 de diciembre próximo.

    El proyecto de Ley para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en casos de Violación fue presentado por la Defensoría del Pueblo. Se trató de un trabajo articulado con los movimientos de mujeres y feministas de Ecuador que extendieron consultas a poblaciones urbanas y rurales con la idea de crear un marco legal y espacios seguros para las niñas, adolescentes y mujeres. 

    En este proceso se encargaron de darle cara a las víctimas y considerar las distintas realidades que existen en Ecuador.

    La activista feminista Andrea Peñaherrera (centro) lee el manifiesto del Movimiento de Mujeres Diversas en Resistencia de Guayaquil. 8 de marzo de 2021. | Foto: Jéssica Zambrano

    UN RECORRIDO HACIA EL ABORTO LEGAL

    El aborto ha sido penalizado en el país desde 1837, en su primer Código Penal, sin embargo desde entonces ya admitía la causal salud, que sigue vigente en la actualidad. Esta es la tercera vez que la función legislativa debatirá el tema desde 2008, cuando se reformó la Constitución,

    En 2013, la Asamblea Nacional discutió posibles reformas a las disposiciones penales relacionadas con  el aborto. En ese momento se votó a favor de modificar el lenguaje anticuado que se utilizaba para referirse a mujeres con discapacidades, pero no se aprobaron reformas para que todas las víctimas de violación pudieran acceder a una práctica de aborto seguro sin el riesgo de tener consecuencias penales.

    En febrero de 2015, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer exhortó a Ecuador a despenalizar el aborto en casos de violación, incesto y malformaciones graves del feto. 

    “La Asamblea Nacional no debería permitir que siga vigente una ley que perjudica a víctimas de violación sexual y a las mujeres que enfrentan la durísima realidad de un embarazo inviable; eso es cruel y no respeta los derechos humanos de las mujeres”, dijo en ese momento Liesl Gerntholtz, directora de derechos de la mujer de Human Rights Watch.

    En 2019, el Pleno de la Asamblea Nacional de Ecuador negó la despenalización del aborto para víctimas de violación y en casos de incesto, estupro o inseminación no consentida. En ese entonces se debatían reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

    Todos estos intentos fallidos que buscaban habilitar un entorno para que las mujeres puedan acceder a una práctica que se sostiene de manera clandestina, han servido para que el movimiento feminista se articule y abrir un nuevo camino para la despenalización social. 

    Así, entre el 30 de julio de 2019 y el 8 de abril de 2021, se presentaron siete demandas de inconstitucionalidad ante la Corte, entre ellas una de la Defensoría del Pueblo.

    Una demanda de inconstitucionalidad fue el único camino para acceder a este derecho. 

    La Asamblea ahora tiene un nuevo peso: además de garantizar los derechos para que las mujeres víctimas de una violación dejen de ser revictimizadas, debe cumplir con la sentencia de la Corte Constitucional. 

    El 8 de marzo de 2021, activistas feministas colocaron pañuelos morados y verdes a los personajes del complejo escultórico La Fragua de Vulcano, en La Plaza de la Administración, en Guayaquil. | Foto: Jéssica Zambrano

    PUNTOS NO NEGOCIABLES

    Los movimientos de mujeres y feministas de Ecuador se articularon en la red Organizadas por una Ley de Aborto Justa y Reparadora (OLA) para generar incidencia sobre la nueva normativa.

    De acuerdo con material difundido por OLA, los puntos «no negociables» que se impulsan desde el movimiento de mujeres son:

    Una ley sin plazos, pues consideran que el manejo de plazos es excluyente y reproduce privilegios.

    -Que el único requisito para acceder al procedimiento por causal violación sea la solicitud del servicio ante una institución de salud y que no exista la exigencia de una denuncia.

    -Que garantice la autonomía de las niñas, adolescentes y personas con discapacidad.

    Valeska Chiriboga, activista, politóloga y miembro de OLA, dice que «la temporalidad es discriminatoria, sobre todo para las niñas y mujeres que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad como violaciones sexuales sistemáticas o residen en zonas rurales donde el acceso a información de salud pública suele ser escaso o muchas veces nulo».

    Para Chiriboga, no se puede admitir que la reparación integral por un delito de violación sea coartada por un factor como el número de semanas. «Si el Estado fue incapaz de prevenir el delito, interponiendo plazos estará cayendo en una doble vulnerabilidad de derechos», añade.

    En cuanto a los requisitos, la idea es que el acceso sea sencillo, de forma que las víctimas y sobrevivientes no estén expuestas a una posible revictimización

    «Es común escuchar que hay que poner requisitos duros porque si no todas van a correr a abortar. Y eso es falso. Nosotras damos el servicio de forma gratuita y solo hemos recibido 23 casos en más de seis meses. Para nosotras es difícil hablar de violencia sexual», dijo Ana Vera, directora de Surkuna, a la agencia de noticias EFE.

    Sarahí Maldonado, una de las fundadoras de Las Comadres, organización que ha asistido a más de cuatro mil mujeres entre 2020 y 2021, considera crucial que la ley garantice la autonomía de las niñas, adolescentes y personas con discapacidad. Desde los colectivos se ha considerado que las mujeres y niñas más vulnerables se demoran más en reconocer sus embarazos y buscar la interrupción legal del embarazo. En ese sentido se fusionan los puntos anteriores con la necesidad de que sean una garantía para la salud de las mujeres que han sido abusadas. Si la Ley de acceso al #AbortoPorViolación limita el acceso a un tiempo gestacional, ellas se verán forzadas a la clandestinidad. 

    Sobre la Ley de Aborto por Violación hay muchos mitos. Se dice, por ejemplo, que las mujeres van a mentir para acceder a un aborto diciendo que han sido víctimas de violación. Un comentario que, para los movimientos feministas resulta indolente pues en Ecuador de cada 10 víctimas de violación, seis corresponden a niñas, niños y adolescentes. Del total de casos de abuso sexual, una de cada cuatro víctimas nunca avisó por temor a represalias, vergüenza, impotencia o miedo a amenazas, según cifras del Consejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional. Y a una de cada tres víctimas no le creyeron.

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